{"id":5573,"date":"2019-06-11T09:19:35","date_gmt":"2019-06-11T09:19:35","guid":{"rendered":"http:\/\/comt.local\/sense-categoria\/la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos\/"},"modified":"2019-06-11T09:19:35","modified_gmt":"2019-06-11T09:19:35","slug":"la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/comt.cat\/es\/la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos\/","title":{"rendered":"La responsabilidad de la justificaci\u00f3n de les absencias escolares. El papel principal de los padres y residual de los m\u00e9dicos. Nota del Consell de Col\u00b7legis de Metges de Catalunya (CCMC)"},"content":{"rendered":"<h4 style=\"text-align: justify;\">Si mi hijo o hija no puede asistir a clase, \u00bfc\u00f3mo lo justifico?<\/h4>\n<h4 style=\"text-align: justify;\">La asistencia a clase es un deber de los alumnos por el que deben velar maestros y profesores, padres, tutores legales y ellos mismos.<\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las ausencias tienen que ser debidamente documentadas y conocidas, tanto por los maestros y profesores, como por los padres o tutores legales. Deben ser justificadas por los padres o tutores legales de la manera que las autoridades educativas establezcan, incluidas las ausencias que est\u00e1n causadas por enfermedad o indisposici\u00f3n de los alumnos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Muchos padres y madres, a sugerencia de los docentes, o por iniciativa propia, acuden a la consulta solicitando un informe m\u00e9dico que justifique la no asistencia a clase en una fecha determinada o la no comparecencia a actividades extraescolares por enfermedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las consultas de Atenci\u00f3n Primaria (Medicina Familiar y Comunitaria y Pediatr\u00eda) se ven a menudo sobrecargadas por demandas a las que no corresponde al m\u00e9dico dar respuesta: unas de las m\u00e1s frecuentes son los justificantes m\u00e9dicos para acreditar ante el centro educativo el motivo de la ausencia del menor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si de la enfermedad se deriva una atenci\u00f3n m\u00e9dica, siempre que lo soliciten los padres o tutores legales, se debe entregar el correspondiente informe cl\u00ednico, pero se debe tener presente que \u00e9ste no puede convertirse en obligatorio para justificar la falta de asistencia de los menores a la escuela.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">FUNDAMENTOS:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1. LA RESPONSABILIDAD DE JUSTIFICAR LAS AUSENCIAS ESCOLARES ES DE LOS PADRES O RESPONSABLES LEGALES<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Seg\u00fan la legislaci\u00f3n vigente, las ausencias escolares de los menores de edad solo pueden ser autorizadas o justificadas por sus tutores legales. Los padres o responsables legales, que son los que ejercen la patria potestad, son los \u00fanicos responsables de las acciones, incluso de car\u00e1cter penal, de sus hijos menores. Por lo tanto, los m\u00e9dicos de Atenci\u00f3n Primaria no tienen la responsabilidad de justificar faltas escolares, sobre todo si no han podido objetivar la causa objeto de petici\u00f3n.<br \/>\u2022 Es competencia de los padres y\/o tutores legales la realizaci\u00f3n de un informe justificativo de esta ausencia escolar. <br \/>\u2022 Los responsables escolares (maestros, profesores, tutores) deben aceptar la validez de este informe.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2. EL JUSTIFICANTE, AS\u00cd COMO EL INFORME CL\u00cdNICO, PUEDEN CONTENER DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 La actual Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n 2\/2006, de 3 de mayo, modificada a su vez por la Ley Org\u00e1nica 8\/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (concretamente, la disposici\u00f3n adicional vigesimotercera de la Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n), recuerda que los centros docentes solo pueden pedir datos personales de su alumnado en la medida en que \u00e9stas sean necesarias para el ejercicio de su funci\u00f3n educativa. Por ello, el conocimiento de una patolog\u00eda, del tratamiento, de los antecedentes cl\u00ednicos o familiares de un alumno son datos que no puede exigir el centro de cara a su educaci\u00f3n u orientaci\u00f3n, excepto que est\u00e9 debidamente justificado.<br \/>\u2022 El derecho a la intimidad es especialmente estricto en lo referente a la salud, motivo por el cual no deber\u00edan solicitarse informes m\u00e9dicos ni almacenar esta informaci\u00f3n sin unas medidas que garanticen su seguridad. Dichos informes pueden contener informaci\u00f3n sensible que no tiene por qu\u00e9 ser conocida por el centro educativo. <br \/>\u2022 Seg\u00fan la Ley 41\/2002, de 14 de noviembre, sobre derechos del paciente, informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n cl\u00ednica, todo paciente o usuario tiene derecho a que le sean facilitados los certificados acreditativos de su estado de salud, pero \u00e9stos no deber\u00edan instituirse como documento necesario para justificar sus ausencias escolares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3. LOS CASOS RELACIONADOS CON RENTAS M\u00cdNIMAS Y ABSENTISMO ESCOLAR DEPENDEN FUNDAMENTALMENTE DEL CENTRO ESCOLAR Y DE LOS SERVICIOS SOCIALES<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Aunque, en ocasiones, el m\u00e9dico deba realizar una valoraci\u00f3n lo m\u00e1s completa posible del paciente y de sus circunstancias, debe circunscribirse el objeto de la valoraci\u00f3n a aquellas cuestiones que tengan car\u00e1cter m\u00e9dico y que puedan ser objetivadas. <br \/>\u2022 Las actuaciones de detecci\u00f3n del absentismo escolar comienzan en los centros educativos y, en concreto, por parte del maestro, profesor o tutor que tiene la competencia y la capacidad para requerir directamente a los padres o tutores legales la justificaci\u00f3n de las posibles faltas de asistencia. La obligaci\u00f3n de justificaci\u00f3n no puede recaer sobre el m\u00e9dico, sino que debe hacerlo directamente sobre los padres o tutores legales. Por lo tanto, de ninguna manera es exigible ampliar el objeto de valoraci\u00f3n m\u00e9dica a cuestiones de car\u00e1cter social, legislativo o de cualquier otra \u00edndole, ajena al acto m\u00e9dico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<h4 style=\"text-align: justify;\">Si mi hijo o hija no puede asistir a clase, \u00bfc\u00f3mo lo justifico?<\/h4>\n<h4 style=\"text-align: justify;\">La asistencia a clase es un deber de los alumnos por el que deben velar maestros y profesores, padres, tutores legales y ellos mismos.<\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las ausencias tienen que ser debidamente documentadas y conocidas, tanto por los maestros y profesores, como por los padres o tutores legales. 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Por ello, el conocimiento de una patolog\u00eda, del tratamiento, de los antecedentes cl\u00ednicos o familiares de un alumno son datos que no puede exigir el centro de cara a su educaci\u00f3n u orientaci\u00f3n, excepto que est\u00e9 debidamente justificado.<br \/>\u2022 El derecho a la intimidad es especialmente estricto en lo referente a la salud, motivo por el cual no deber\u00edan solicitarse informes m\u00e9dicos ni almacenar esta informaci\u00f3n sin unas medidas que garanticen su seguridad. Dichos informes pueden contener informaci\u00f3n sensible que no tiene por qu\u00e9 ser conocida por el centro educativo. <br \/>\u2022 Seg\u00fan la Ley 41\/2002, de 14 de noviembre, sobre derechos del paciente, informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n cl\u00ednica, todo paciente o usuario tiene derecho a que le sean facilitados los certificados acreditativos de su estado de salud, pero \u00e9stos no deber\u00edan instituirse como documento necesario para justificar sus ausencias escolares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3. 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Si de la enfermedad se deriva una atenci\u00f3n m\u00e9dica, siempre que lo soliciten los padres o tutores legales, se debe entregar el correspondiente informe cl\u00ednico, pero se debe tener presente que \u00e9ste no puede convertirse en obligatorio para justificar la falta de asistencia de los menores a la escuela. FUNDAMENTOS: 1. LA RESPONSABILIDAD DE JUSTIFICAR LAS AUSENCIAS ESCOLARES ES DE LOS PADRES O RESPONSABLES LEGALES \u2022 Seg\u00fan la legislaci\u00f3n vigente, las ausencias escolares de los menores de edad solo pueden ser autorizadas o justificadas por sus tutores legales. Los padres o responsables legales, que son los que ejercen la patria potestad, son los \u00fanicos responsables de las acciones, incluso de car\u00e1cter penal, de sus hijos menores. Por lo tanto, los m\u00e9dicos de Atenci\u00f3n Primaria no tienen la responsabilidad de justificar faltas escolares, sobre todo si no han podido objetivar la causa objeto de petici\u00f3n.\u2022 Es competencia de los padres y\/o tutores legales la realizaci\u00f3n de un informe justificativo de esta ausencia escolar. \u2022 Los responsables escolares (maestros, profesores, tutores) deben aceptar la validez de este informe. 2. EL JUSTIFICANTE, AS\u00cd COMO EL INFORME CL\u00cdNICO, PUEDEN CONTENER DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL \u2022 La actual Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n 2\/2006, de 3 de mayo, modificada a su vez por la Ley Org\u00e1nica 8\/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (concretamente, la disposici\u00f3n adicional vigesimotercera de la Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n), recuerda que los centros docentes solo pueden pedir datos personales de su alumnado en la medida en que \u00e9stas sean necesarias para el ejercicio de su funci\u00f3n educativa. 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LOS CASOS RELACIONADOS CON RENTAS M\u00cdNIMAS Y ABSENTISMO ESCOLAR DEPENDEN FUNDAMENTALMENTE DEL CENTRO ESCOLAR Y DE LOS SERVICIOS SOCIALES \u2022 Aunque, en ocasiones, el m\u00e9dico deba realizar una valoraci\u00f3n lo m\u00e1s completa posible del paciente y de sus circunstancias, debe circunscribirse el objeto de la valoraci\u00f3n a aquellas cuestiones que tengan car\u00e1cter m\u00e9dico y que puedan ser objetivadas. \u2022 Las actuaciones de detecci\u00f3n del absentismo escolar comienzan en los centros educativos y, en concreto, por parte del maestro, profesor o tutor que tiene la competencia y la capacidad para requerir directamente a los padres o tutores legales la justificaci\u00f3n de las posibles faltas de asistencia. La obligaci\u00f3n de justificaci\u00f3n no puede recaer sobre el m\u00e9dico, sino que debe hacerlo directamente sobre los padres o tutores legales. 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Las ausencias tienen que ser debidamente documentadas y conocidas, tanto por los maestros y profesores, como por los padres o tutores legales. Deben ser justificadas por los padres o tutores legales de la manera que las autoridades educativas establezcan, incluidas las ausencias que est\u00e1n causadas por enfermedad o indisposici\u00f3n de los alumnos. Muchos padres y madres, a sugerencia de los docentes, o por iniciativa propia, acuden a la consulta solicitando un informe m\u00e9dico que justifique la no asistencia a clase en una fecha determinada o la no comparecencia a actividades extraescolares por enfermedad. Las consultas de Atenci\u00f3n Primaria (Medicina Familiar y Comunitaria y Pediatr\u00eda) se ven a menudo sobrecargadas por demandas a las que no corresponde al m\u00e9dico dar respuesta: unas de las m\u00e1s frecuentes son los justificantes m\u00e9dicos para acreditar ante el centro educativo el motivo de la ausencia del menor. Si de la enfermedad se deriva una atenci\u00f3n m\u00e9dica, siempre que lo soliciten los padres o tutores legales, se debe entregar el correspondiente informe cl\u00ednico, pero se debe tener presente que \u00e9ste no puede convertirse en obligatorio para justificar la falta de asistencia de los menores a la escuela. FUNDAMENTOS: 1. LA RESPONSABILIDAD DE JUSTIFICAR LAS AUSENCIAS ESCOLARES ES DE LOS PADRES O RESPONSABLES LEGALES \u2022 Seg\u00fan la legislaci\u00f3n vigente, las ausencias escolares de los menores de edad solo pueden ser autorizadas o justificadas por sus tutores legales. Los padres o responsables legales, que son los que ejercen la patria potestad, son los \u00fanicos responsables de las acciones, incluso de car\u00e1cter penal, de sus hijos menores. Por lo tanto, los m\u00e9dicos de Atenci\u00f3n Primaria no tienen la responsabilidad de justificar faltas escolares, sobre todo si no han podido objetivar la causa objeto de petici\u00f3n.\u2022 Es competencia de los padres y\/o tutores legales la realizaci\u00f3n de un informe justificativo de esta ausencia escolar. \u2022 Los responsables escolares (maestros, profesores, tutores) deben aceptar la validez de este informe. 2. EL JUSTIFICANTE, AS\u00cd COMO EL INFORME CL\u00cdNICO, PUEDEN CONTENER DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL \u2022 La actual Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n 2\/2006, de 3 de mayo, modificada a su vez por la Ley Org\u00e1nica 8\/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (concretamente, la disposici\u00f3n adicional vigesimotercera de la Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n), recuerda que los centros docentes solo pueden pedir datos personales de su alumnado en la medida en que \u00e9stas sean necesarias para el ejercicio de su funci\u00f3n educativa. Por ello, el conocimiento de una patolog\u00eda, del tratamiento, de los antecedentes cl\u00ednicos o familiares de un alumno son datos que no puede exigir el centro de cara a su educaci\u00f3n u orientaci\u00f3n, excepto que est\u00e9 debidamente justificado.\u2022 El derecho a la intimidad es especialmente estricto en lo referente a la salud, motivo por el cual no deber\u00edan solicitarse informes m\u00e9dicos ni almacenar esta informaci\u00f3n sin unas medidas que garanticen su seguridad. Dichos informes pueden contener informaci\u00f3n sensible que no tiene por qu\u00e9 ser conocida por el centro educativo. \u2022 Seg\u00fan la Ley 41\/2002, de 14 de noviembre, sobre derechos del paciente, informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n cl\u00ednica, todo paciente o usuario tiene derecho a que le sean facilitados los certificados acreditativos de su estado de salud, pero \u00e9stos no deber\u00edan instituirse como documento necesario para justificar sus ausencias escolares. 3. LOS CASOS RELACIONADOS CON RENTAS M\u00cdNIMAS Y ABSENTISMO ESCOLAR DEPENDEN FUNDAMENTALMENTE DEL CENTRO ESCOLAR Y DE LOS SERVICIOS SOCIALES \u2022 Aunque, en ocasiones, el m\u00e9dico deba realizar una valoraci\u00f3n lo m\u00e1s completa posible del paciente y de sus circunstancias, debe circunscribirse el objeto de la valoraci\u00f3n a aquellas cuestiones que tengan car\u00e1cter m\u00e9dico y que puedan ser objetivadas. \u2022 Las actuaciones de detecci\u00f3n del absentismo escolar comienzan en los centros educativos y, en concreto, por parte del maestro, profesor o tutor que tiene la competencia y la capacidad para requerir directamente a los padres o tutores legales la justificaci\u00f3n de las posibles faltas de asistencia. La obligaci\u00f3n de justificaci\u00f3n no puede recaer sobre el m\u00e9dico, sino que debe hacerlo directamente sobre los padres o tutores legales. Por lo tanto, de ninguna manera es exigible ampliar el objeto de valoraci\u00f3n m\u00e9dica a cuestiones de car\u00e1cter social, legislativo o de cualquier otra \u00edndole, ajena al acto m\u00e9dico. \u00a0","og_url":"https:\/\/comt.cat\/es\/la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos\/","og_site_name":"COMT","article_published_time":"2019-06-11T09:19:35+00:00","author":"comt","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"comt","Tiempo de lectura":"4 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/comt.cat\/es\/la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/comt.cat\/es\/la-responsabilidad-de-la-justificacion-de-les-absencias-escolares-el-papel-principal-de-los-padres-y-residual-de-los-medicos\/"},"author":{"name":"comt","@id":"https:\/\/comt.cat\/#\/schema\/person\/e9c884d9eb13a1fd7c15c3899c93dbee"},"headline":"La responsabilidad de la justificaci\u00f3n de les absencias escolares. 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