{"id":8394,"date":"2020-10-21T11:01:57","date_gmt":"2020-10-21T11:01:57","guid":{"rendered":"http:\/\/comt.local\/sense-categoria\/el-cgcom-denunciara-ante-la-ue-el-real-decreto-ley-de-medidas-urgentes-de-rrhh-en-el-sns-para-hacer-frente-a-la-covid-19\/"},"modified":"2020-10-21T11:01:57","modified_gmt":"2020-10-21T11:01:57","slug":"el-cgcom-denunciara-ante-la-ue-el-real-decreto-ley-de-medidas-urgentes-de-rrhh-en-el-sns-para-hacer-frente-a-la-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/comt.cat\/es\/el-cgcom-denunciara-ante-la-ue-el-real-decreto-ley-de-medidas-urgentes-de-rrhh-en-el-sns-para-hacer-frente-a-la-covid-19\/","title":{"rendered":"El CGCOM denunciar\u00e1 ante la UE el Real Decreto Ley de medidas urgentes de RRHH en el SNS para hacer frente a la COVID-19"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><img decoding=\"async\" style=\"display: block; margin-left: auto; margin-right: auto; max-width: 500px;\" src=\"\/wp-content\/uploads\/joomla_images\/OMC.png\" width=\"100%\" height=\"auto\" \/><\/p>\n<h3>\u2022 El RDL nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19 (2020\/C 156\/01)<\/h3>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El Consejo General de Colegios Oficiales de M\u00e9dicos (CGCOM) <strong>denunciar\u00e1 ante la Comisi\u00f3n Europea<\/strong> el Real Decreto Ley aprobado sobre medidas urgentes en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.<\/p>\n<p>La corporaci\u00f3n m\u00e9dica considera que el texto aprobado por el ejecutivo espa\u00f1ol <strong>vulnera<\/strong> las orientaciones sobre la libre circulaci\u00f3n de los profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19, seg\u00fan las recomendaciones relativas a la <strong>directiva 2005\/36\/CE<\/strong>.<\/p>\n<p>Esta directiva establece normas sobre el reconocimiento trasfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los m\u00e9dicos, la Directiva tambi\u00e9n establece requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE.<\/p>\n<p>En este texto tambi\u00e9n se alude a distintos puntos que deben de ser los que gu\u00eden a los Estados miembros a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios.<\/p>\n<p>En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de pa\u00edses no pertenecientes a la UE\/ Asociaci\u00f3n Europea de Libre Comercio, \u00e9ste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembros. En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados a escala de la UE, incluidos m\u00e9dicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n de la UE. Si los profesionales tienen una cualificaci\u00f3n de un pa\u00eds no perteneciente a la UE, en una de las profesiones que no cumple con los requisitos armonizados, el Estado miembro que tenga intenci\u00f3n de reconocer dicho diploma debe aplicar medidas compensatorias. Estos profesionales pueden ser autorizados a trabajar en la asistencia sanitaria, pero sin ser tratados como miembro de una profesi\u00f3n para la que no cumplen las normas de cualificaci\u00f3n establecidas en la directiva.<\/p>\n<p>En este sentido los Estados miembros podr\u00e1n emplear a profesionales sanitarios con diplomas de terceros pa\u00edses, bien garantizando que sus cualificaciones profesionales cumplan los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE o bien concedi\u00e9ndoles un estatuto diferente al de miembro de una de las profesiones para las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados en la UE.<\/p>\n<p>Por todo ello el CGCOM se reitera en el rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que es un grave error la concesi\u00f3n, incluso temporalmente, de las competencias de los m\u00e9dicos especialistas a los m\u00e9dicos que no han obtenido su titulaci\u00f3n, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la Covid-19 (2020\/C 156\/01).<\/p>\n<p>Desde el pasado mes de septiembre, el CGCOM y su Asamblea General, ha manifestado su total oposici\u00f3n a este texto que <strong>supone un ataque a nuestro sistema de formaci\u00f3n especializada<\/strong> y que no ha tenido en cuenta la voz de los representantes de los profesionales del sector m\u00e9dico, quienes en todo momento han tendido la mano a buscar propuestas conjuntas que solucionen los problemas a los que deben hacer frente los facultativos, as\u00ed como para garantizar la mejor asistencia y seguridad cl\u00ednica de los pacientes y reitera la necesidad de que las administraciones cuenten.<\/p>\n<p><strong><a href=\"https:\/\/www.cgcom.es\/sites\/default\/files\/u183\/comunicado_rdl_30_09_2020.pdf\" rel=\"alternate\">Comunicado <\/a><\/strong>CGCOM<br \/><strong><a href=\"https:\/\/www.cgcom.es\/sites\/default\/files\/u183\/declaracion_cgcom_medidas_urgentes_rrhh_03_10_2020.pdf\" rel=\"alternate\">Comunicado<\/a><\/strong> Asamblea General CGCOM<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><img decoding=\"async\" style=\"display: block; margin-left: auto; margin-right: auto; max-width: 500px;\" src=\"\/wp-content\/uploads\/joomla_images\/OMC.png\" width=\"100%\" height=\"auto\" \/><\/p>\n<h3>\u2022 El RDL nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19 (2020\/C 156\/01)<\/h3>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El Consejo General de Colegios Oficiales de M\u00e9dicos (CGCOM) <strong>denunciar\u00e1 ante la Comisi\u00f3n Europea<\/strong> el Real Decreto Ley aprobado sobre medidas urgentes en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.<\/p>\n<p>La corporaci\u00f3n m\u00e9dica considera que el texto aprobado por el ejecutivo espa\u00f1ol <strong>vulnera<\/strong> las orientaciones sobre la libre circulaci\u00f3n de los profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19, seg\u00fan las recomendaciones relativas a la <strong>directiva 2005\/36\/CE<\/strong>.<\/p>\n<p>Esta directiva establece normas sobre el reconocimiento trasfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los m\u00e9dicos, la Directiva tambi\u00e9n establece requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE.<\/p>\n<p>En este texto tambi\u00e9n se alude a distintos puntos que deben de ser los que gu\u00eden a los Estados miembros a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios.<\/p>\n<p>En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de pa\u00edses no pertenecientes a la UE\/ Asociaci\u00f3n Europea de Libre Comercio, \u00e9ste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembros. En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados a escala de la UE, incluidos m\u00e9dicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n de la UE. Si los profesionales tienen una cualificaci\u00f3n de un pa\u00eds no perteneciente a la UE, en una de las profesiones que no cumple con los requisitos armonizados, el Estado miembro que tenga intenci\u00f3n de reconocer dicho diploma debe aplicar medidas compensatorias. Estos profesionales pueden ser autorizados a trabajar en la asistencia sanitaria, pero sin ser tratados como miembro de una profesi\u00f3n para la que no cumplen las normas de cualificaci\u00f3n establecidas en la directiva.<\/p>\n<p>En este sentido los Estados miembros podr\u00e1n emplear a profesionales sanitarios con diplomas de terceros pa\u00edses, bien garantizando que sus cualificaciones profesionales cumplan los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE o bien concedi\u00e9ndoles un estatuto diferente al de miembro de una de las profesiones para las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados en la UE.<\/p>\n<p>Por todo ello el CGCOM se reitera en el rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que es un grave error la concesi\u00f3n, incluso temporalmente, de las competencias de los m\u00e9dicos especialistas a los m\u00e9dicos que no han obtenido su titulaci\u00f3n, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la Covid-19 (2020\/C 156\/01).<\/p>\n<p>Desde el pasado mes de septiembre, el CGCOM y su Asamblea General, ha manifestado su total oposici\u00f3n a este texto que <strong>supone un ataque a nuestro sistema de formaci\u00f3n especializada<\/strong> y que no ha tenido en cuenta la voz de los representantes de los profesionales del sector m\u00e9dico, quienes en todo momento han tendido la mano a buscar propuestas conjuntas que solucionen los problemas a los que deben hacer frente los facultativos, as\u00ed como para garantizar la mejor asistencia y seguridad cl\u00ednica de los pacientes y reitera la necesidad de que las administraciones cuenten.<\/p>\n<p><strong><a href=\"https:\/\/www.cgcom.es\/sites\/default\/files\/u183\/comunicado_rdl_30_09_2020.pdf\" rel=\"alternate\">Comunicado <\/a><\/strong>CGCOM<br \/><strong><a href=\"https:\/\/www.cgcom.es\/sites\/default\/files\/u183\/declaracion_cgcom_medidas_urgentes_rrhh_03_10_2020.pdf\" rel=\"alternate\">Comunicado<\/a><\/strong> Asamblea General CGCOM<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[276],"tags":[],"class_list":["post-8394","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-comt-noticias"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v27.4 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>El CGCOM denunciar\u00e1 ante la UE el Real Decreto Ley de medidas urgentes de RRHH en el SNS para hacer frente a la COVID-19 - COMT<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/comt.cat\/es\/el-cgcom-denunciara-ante-la-ue-el-real-decreto-ley-de-medidas-urgentes-de-rrhh-en-el-sns-para-hacer-frente-a-la-covid-19\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"El CGCOM denunciar\u00e1 ante la UE el Real Decreto Ley de medidas urgentes de RRHH en el SNS para hacer frente a la COVID-19 - COMT\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"\u2022 El RDL nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19 (2020\/C 156\/01) \u00a0 El Consejo General de Colegios Oficiales de M\u00e9dicos (CGCOM) denunciar\u00e1 ante la Comisi\u00f3n Europea el Real Decreto Ley aprobado sobre medidas urgentes en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 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Estos profesionales pueden ser autorizados a trabajar en la asistencia sanitaria, pero sin ser tratados como miembro de una profesi\u00f3n para la que no cumplen las normas de cualificaci\u00f3n establecidas en la directiva. En este sentido los Estados miembros podr\u00e1n emplear a profesionales sanitarios con diplomas de terceros pa\u00edses, bien garantizando que sus cualificaciones profesionales cumplan los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE o bien concedi\u00e9ndoles un estatuto diferente al de miembro de una de las profesiones para las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados en la UE. Por todo ello el CGCOM se reitera en el rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que es un grave error la concesi\u00f3n, incluso temporalmente, de las competencias de los m\u00e9dicos especialistas a los m\u00e9dicos que no han obtenido su titulaci\u00f3n, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la Covid-19 (2020\/C 156\/01). 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La corporaci\u00f3n m\u00e9dica considera que el texto aprobado por el ejecutivo espa\u00f1ol vulnera las orientaciones sobre la libre circulaci\u00f3n de los profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la COVID-19, seg\u00fan las recomendaciones relativas a la directiva 2005\/36\/CE. Esta directiva establece normas sobre el reconocimiento trasfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los m\u00e9dicos, la Directiva tambi\u00e9n establece requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE. En este texto tambi\u00e9n se alude a distintos puntos que deben de ser los que gu\u00eden a los Estados miembros a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios. En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de pa\u00edses no pertenecientes a la UE\/ Asociaci\u00f3n Europea de Libre Comercio, \u00e9ste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembros. En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados a escala de la UE, incluidos m\u00e9dicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n de la UE. Si los profesionales tienen una cualificaci\u00f3n de un pa\u00eds no perteneciente a la UE, en una de las profesiones que no cumple con los requisitos armonizados, el Estado miembro que tenga intenci\u00f3n de reconocer dicho diploma debe aplicar medidas compensatorias. Estos profesionales pueden ser autorizados a trabajar en la asistencia sanitaria, pero sin ser tratados como miembro de una profesi\u00f3n para la que no cumplen las normas de cualificaci\u00f3n establecidas en la directiva. En este sentido los Estados miembros podr\u00e1n emplear a profesionales sanitarios con diplomas de terceros pa\u00edses, bien garantizando que sus cualificaciones profesionales cumplan los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n a nivel de la UE o bien concedi\u00e9ndoles un estatuto diferente al de miembro de una de las profesiones para las que los requisitos m\u00ednimos de formaci\u00f3n est\u00e1n armonizados en la UE. Por todo ello el CGCOM se reitera en el rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que es un grave error la concesi\u00f3n, incluso temporalmente, de las competencias de los m\u00e9dicos especialistas a los m\u00e9dicos que no han obtenido su titulaci\u00f3n, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sit\u00faa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005\/36\/CE sobre libre circulaci\u00f3n de profesionales sanitarios y la armonizaci\u00f3n m\u00ednima de la formaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las medidas de emergencia contra la Covid-19 (2020\/C 156\/01). Desde el pasado mes de septiembre, el CGCOM y su Asamblea General, ha manifestado su total oposici\u00f3n a este texto que supone un ataque a nuestro sistema de formaci\u00f3n especializada y que no ha tenido en cuenta la voz de los representantes de los profesionales del sector m\u00e9dico, quienes en todo momento han tendido la mano a buscar propuestas conjuntas que solucionen los problemas a los que deben hacer frente los facultativos, as\u00ed como para garantizar la mejor asistencia y seguridad cl\u00ednica de los pacientes y reitera la necesidad de que las administraciones cuenten. 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