El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña (CCMC) está prestando apoyo y asesoramiento a un colegiado del Colegio Oficial de Médicos de Tarragona (COMT) así como a una colegiada jubilada del Colegio de Médicos de Barcelona (CoMB) que se presentó como voluntaria para atender a pacientes en un centro sanitario de atención primaria del sistema público de salud durante la primera ola de la pandemia ocasionada por la COVID-19 y a la cual la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social le reclama el retorno de la prestación de jubilación percibida durante los más de dos meses en que estuvo en activo, contratada laboralmente, efectuando el seguimiento de pacientes COVID-19.
Los colegiados, que respondieron a la llamada que hicieron desde el COMT y otras instituciones para que médicos y médicas jubilados pudieran dar apoyo a los centros sanitarios durante la primera ola de la pandemia, se reincorporó, mediante una relación laboral, al centro de atención primaria donde había trabajado, concertado con el CatSalut, circunstancia ésta que alega la Seguridad Social para reclamarles la prestación de jubilación, al entender que, en su caso, no es de aplicación la compatibilidad prevista en la Orden entonces vigente (Orden SND 232/2020, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19), ya que limitaba su aplicación al personal estatutario que se reincoporara.
A pesar de la literalidad de la norma, el CCMC entiende que la finalidad de la compatibilidad prevista en la mencionada Orden y en las normes que posteriormente han regulado esta cuestión era la de permitir que el sistema de salud pudiera contar con personal suficiente para dar respuesta a las necesidades de la pandemia sin que ello supusiera ningún perjuicio para las personas jubiladas que se prestaron a colaborar en una situación tan extrema. Por esta razón, el CCMC entiende y considera que es necesario superar la literalidad de la norma, con el objetivo de dar cobijo justo y equitativo a los médicos y médicas no estatutarios que, voluntariamente, ayudaron o quieran seguir ayudando a la población en momentos tan extremos.
Además del apoyo individual, el CCMC instará al Departamento de Salud y a la Organización Médica Colegial (OMC) a impulsar la modificación de la normativa actual, con el objetivo de que se fije que la aplicación de la compatibilidad de pensión y trabajo, en estos casos excepcionales, debe hacerse extensiva y ser reconocida, con efectos retroactivos, a todos los médicos y médicas jubilados, con independencia de su vinculación estatutaria o de otro tipo.
Los colegiados y colegiadas del COMT que tengan dudas o consultas, o bien que precisen asesoramiento sobre esta cuestión, se pueden dirigir a juridic@comt.cat y a comt@comt.cat