En cumplimiento de lo acordado en AUTO judicial de fecha 20 de marzo de 2024 dictado por el Juzgado de lo Mercantil No.2 de Valencia, se pone en conocimiento del contenido del mismo por el que se prohíbe de modo cautelar determinadas circunstancias en relación con la fabricación, difusión, expedición, comercialización, etc, de los siguientes medicamentos:
– RIVAROXABÁN NORMON 10mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA EFG (Núm. Reg. 89320)
– RIVAROXABÁN NORMON 15mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA EFG (Núm. Reg. 89321)
– RIVAROXABÁN NORMON 20mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA EFG (Núm. Reg. 89322)
Lo que comunicamos a los efectos oportunos en virtud de lo señalado por la resolución judicial, la cual se adjunta al presente correo.