Ante la reciente publicación del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, desde la Subdirección general de Formación y Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, indican la necesidad de constituir la Comisión Nacional de la nueva especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.

Por ello, se solicita que remitan, por correo electrónico, antes del día 2 de septiembre de 2024, la documentación de los/as candidatos/as propuestos por el Colegio de Médicos para la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, a la siguiente cuenta: secretariageneral@cgcom.es.

La persona vocal propuesta para la constitución de la primera Comisión Nacional de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, deberá cumplir y acreditar, mediante documentación los siguientes requisitos mínimos:

  1. Curriculum vitae del/a candidato/a, que debe estar en activo en el sistema público de salud.
  2. Estar en posesión de un título de especialista en Ciencias de la Salud o de la habilitación para el ejercicio de la Medicina General, conforme al Real Decreto 853/1 993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.
  3. Acreditar siete años de ejercicio profesional a tiempo completo dentro del sistema sanitario público en el ámbito de la nueva especialidad en el periodo inmediatamente anterior a la entrada en vigor de este real decreto. Se adjunta el modelo de certificación.
  4. Acreditar tres publicaciones en revistas nacionales y/o internacionales en el área de la nueva especialidad en los tres años previos a la entrada en vigor de este real decreto.
  5. Disponer del título universitario de Doctor/a y haber participado en un proyecto de investigación con financiación competitiva pública en el área de la nueva especialidad en los cinco años previos a la entrada en vigor de este real decreto.
  6. Acreditar tres años de experiencia desarrollando funciones de tutoría, jefatura de estudios o colaboración docente de la formación sanitaria especializada en los cinco años previos a la entrada en vigor de este real decreto.
  7. Autorización expresa del/a candidato/a para la verificación de la información facilitada y para su envío a las instituciones que en su caso corresponda.

La persona titular del Ministerio de Sanidad, oídas las sociedades científicas de ámbito nacional representativas de la nueva especialidad, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España y la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de la Salud, expedirá el título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias a las personas vocales de la primera Comisión Nacional de la nueva especialidad.