El Consell de Col·legis de Metges de Catalunya (CCMC) presentará un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo (TS) para que se modifiquen algunos de los requisitos para acceder a la obtención del título de la nueva especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE), previstos en el Real Decreto (RD) 610/2024, de 2 de julio. A través del mencionado RD, además de regular la creación de la nueva especialidad de MUE y la formación MIR correspondiente, también se establecieron las condiciones exigibles porque médicos que han estado prestando servicios asistenciales en este ámbito antes de la creación de la especialidad puedan optar a través de una vía extraordinaria a la obtención del título, en base a su experiencia y pericia acreditada en servicios de urgencias hospitalarias o ambulancias medicalizadas, siempre que ya dispongan de un título de especialista.
El CCMC recibió con satisfacción la largamente reivindicada creación de la especialidad MUE, pero lamenta que las condiciones de acceso al título exigidas a la vía extraordinaria dejen fuera médicos que, acumulando una larga experiencia y una valía demostradas en el ámbito de las urgencias y emergencias, no disponen, pero, de un título de especialista. Esta circunstancia no tan solo pone en riesgo el futuro de estos profesionales, sino también la viabilidad de muchos servicios de urgencias, que se podrían ver comprometidos por carencia de recursos humanos.
El CCMC considera que el hecho de disponer de un título de especialista previo tendría que ser un mérito a la hora de acceder a la vía extraordinaria para la obtención del título de especialista en MUE y no un requisito. A criterio de la entidad que agrupa los cuatro colegios de médicos catalanes, esta exigencia, además de plantear dudas sobre su legalidad, no está justificada a la práctica, puesto que excluye profesionales en activo con muchos años de experiencia y conocimiento en servicios de urgencias –tanto del sector público como privado- , a los cuales no se ofrece ningún tipo de opción para demostrar su valía y capacidades y de acceder al título de la nueva especialidad.
¿Cuáles son los 3 requisitos indispensables previstos actualmente al RD?
- Disponer de un título de médico o médica especialista en ciencias de la salud o estar habilitado para el ejercicio de la medicina general en centros integrados en el Sistema Nacional de Salud, según establece el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
- Estar inscrito en el Registro estatal de profesionales sanitarios (REPS).
- Acreditar un ejercicio profesional suficiente (consultar RD) en el ámbito de las urgencias generales y/o emergencias en un centro del Registro general de centros, servicios y establecimientos sanitarios (REGCESS):
- Un centro sanitario catalogado como hospital (código C.1.1), público o privado, con autorización sanitaria de unidad asistencial de urgencias (código Uno.68). Consulta el listado.
- En el Sistema d’Emergències Mèdiques (SEM) (centro sanitario con el código C.2.5.7), con autorización de unidad asistencial como transporte sanitario, carretera, aéreo, marítimo (código U.100).
Información más detallada sobre los requisitos en:
- Real Decreto (RD) 610/2024, de 2 de julio
- Información sobre el procedimiento de acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de urgencias y emergencias.
Profesionals del transporte sanitario
El recurso que está terminando el CCMC también apunta hacia otro requisito nuevo que ha sido incluido al RD, según el cual, a partir de ahora los vehículos de transporte sanitario medicalizados tienen que contar siempre con la presencia de un médico especialista, preferentemente en MUE. Hasta este momento, la normativa que regula el transporte sanitario ha previsto la presencia de un médico, con o sin especialidad. Cambiar este requisito puede dejar muchos profesionales que durante años han llevado a cabo satisfactoriamente esta función sin posibilidad de continuar haciéndolo y, de nuevo, poner en riesgo su futuro y también la provisión del servicio, dada la evidente carencia de profesionales.
El recurso del CCMC
El CCMC ha apoyado y defiende la nueva especialidad de MUE, si bien pedirá en su recurso al TS que se anulen aquellas partes de los artículos del RD que hacen referencia a la posesión de un título de especialista como requisito esencial para acceder a la vía extraordinaria de obtención del título del MUE.
En el supuesto que se estimara la pretensión del recurso, el CCMC promoverá que el Ministerio de Sanidad abra un nuevo plazo de presentación de solicitudes para que los profesionales actualmente excluidos tengan la posibilidad de optar a la obtención del título de especialista en MUE por la vía extraordinaria.
El CCMC considera que la presentación de este recurso contencioso es una vía adecuada que contribuye a la protección del gran número de profesionales afectados y a la consecución de una solución definitiva para todos ellos.
El colegios de médicos catalanes ofrecen asesoramiento jurídico gratuito a sus colegiados sobre estas cuestiones.