Llega el momento del año en que se inicia la declaración de la renta y por tanto, en que tenemos que revisar los seguros que tenemos contratados y ver si pueden servirnos también para incluirlos en nuestra declaración y así reducir nuestra factura fiscal.
– El seguro de salud tradicional si eres autónomo
Las primas del seguro de salud satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él. En el caso de hijos con discapacidad no se prevé ninguna excepción en la edad. El límite máximo de deducción será de:
- 500€ por cada una de las personas señaladas anteriormente.
- 1.500€ por cada una de ellas con discapacidad (del tomador del seguro y del asegurado).
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena si eres tú mismo el que decide contratar un seguro de salud, NO podrás desgravarlo en tu IRPF.
- El seguro de vida y de hogar vinculados a la hipoteca
Si has contratado un seguro de vida vinculado a tu hipoteca y has firmado esta antes del 1 de enero de 2013 (puesto que fue en este año en que la ley cambió), también podrás incluirlo en la declaración de la renta. Para poder incluir tu seguro de vida en la declaración esta tiene que estar vinculada a tu hipoteca y con la misma entidad bancaria.
El seguro de hogar se podrá incluir en la declaración únicamente si está vinculado a la hipoteca y si la contrataste igual que en el caso del seguro de vida, esto tendría que haberse producido antes del 1 de enero de 2013. Si este es tu caso, podrás deducir un 15% de las primas pagadas en el año con una base máxima de 9.040 €.
- El seguro de protección de pagos solo en caso de inmuebles de alquiler
Si alquilas tu propiedad, es probable que hayas oído hablar del seguro de impago de alquiler. Se trata de un producto muy recomendable para aquellas personas que arriendan su vivienda, puesto que puede asegurar el pago de las cuotas de los inquilinos. Este seguro se puede deducir hasta el 100% íntegro del importe de la prima, restándole de los rendimientos de capital inmobiliario. El porcentaje de deducción es variable, dependiendo de la Comunidad Autónoma a la cual pertenezca el declarante.
- Seguro MIEL (Médicos en Ejercicio Libre)
Puedes deducir, a efectos de determinar el rendimiento neto de tu actividad económica, las cantidades destinadas a Mutual Médica, con el límite máximo de gasto que establece el artículo 30 de la Ley del I.R.P.F. Tendrán la consideración de gasto deducible las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguro, concertadas con mutualidades de previsión social por profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuando, a efectos de dar cumplimiento a la obligación prevista a la disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de seguros privados (la Ley 3829/1995), actúan como alternativas en el mencionado régimen especial de la Seguridad Social, en la parte que tenga por objeto la cobertura de contingencias atendidas por este régimen especial.
Para el ejercicio 2022, el límite máximo de gasto deducible ha quedado fijado en 14.057,40 € (apartado “Especialidades en el IRPF de las aportaciones a mutualidades” del Manual de Renta 2021).
Adicionalmente, las aportaciones que superan el máximo deducible pueden disfrutar de una reducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con lo que establece el artículo 51 y con los límites del artículo 52, ambos de la Ley del IRPF.
- Planes de pensiones, planes de previsión asegurados y otros instrumentos de previsión social
Tanto si trabajas por cuenta propia o por cuenta ajena podrás deducir hasta 1.500 € de tus aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados u otros instrumentos de previsión social (arte.51 de la ley del IRPF).
Otros seguros que desgravan en el IRPF
- Seguro de responsabilidad civil.
- Los contratados por los arrendadores de viviendas.
- Seguro de accidentes y de la propia actividad del autónomo.
- Seguros de los trabajadores como gastos de personal: se pueden deducir las primas de contratos de seguros de vida, accidentes, enfermedad, etc. que tengan contratados para sus empleados.
- Seguros de bienes profesionales (locales profesionales, aparatología, etc.)
Por lo tanto, en el momento de hacer la declaración de la renta, es importante saber qué seguros podemos deducir, puesto que puede suponer un ahorro importante en la factura fiscal.
En Medicorasse disponen de un amplio equipo especializado a tu servicio para dar el asesoramiento asegurador necesario. Rellena este formulario y un especialista contactará contigo para evaluar tu situación y te asesorará para proteger tu futuro en función de tus necesidades.