Si quiere realizar el trámite online clique aquí .

Solicitud de reducción de cuotas colegiales por jubilación

Los médicos de más de 65 años que hayan cesado en su ejercicio profesional, pero quieran mantener su vinculación con la corporación, estarán exentos del pago de las cuotas colegiales.

Para tramitar esta exención sólo debe acreditar que no tiene ingresos económicos derivados de la actividad profesional médica, y comprometerse a que si una vez declarada la exención y antes de cumplir los 70 años, volviera a realizar una actividad profesional retribuida, lo comunicará al COMT.

La exención de cuotas colegiales por jubilación no implica la baja o reducción automática en la cuota de Responsabilidad Civil Profesional. Si tiene la póliza de Responsabilidad Civil Profesional del Colegio podrá contratar, si así lo desea, la modalidad de no ejerciente que conlleva una importante reducción del coste. Con esta cuota reducida podrá continuar manteniendo su condición de asegurado por reclamaciones que pueda recibir ya jubilado y por actos médicos realizados con anterioridad a esta condición.

Para más información puede dirigirse a tramits@comt.cat.

Solicitud de exención de cuotas colegiales por médico honorífico a causa de una invalidez o discapacidad, o incapacitación legal

Los médicos que han cumplido la edad de 70 años, pasan a la condición de Colegiados Honoríficos automáticamente, quedando exentos del pago de las cuotas colegiales.

Sin embargo puede solicitar a la Junta de Gobierno la incorporación a la misma condición de Colegiado Honorífico en caso que, no habiendo cumplido la edad reglamentaria de 70 años, se encuentre en situación de invalidez para el ejercicio de la profesión de médico, de discapacidad total o permanente para poder trabajar, o haya sido incapacitado legalmente.

Cuando se te reconozca esta exención, pasarás a la clase de no ejercientes y, por tanto, si tienes la póliza de Responsabilidad Civil Profesional del Colegio podrás contratar, si así lo deseas, la modalidad de no ejerciente que conlleva una importante reducción del coste. Con esta cuota reducida podrás seguir manteniendo tu condición de asegurado por reclamaciones que puedas recibir a partir de este momento y por actos médicos realizados con anterioridad a esta condición.

Para más información te puedes dirigir a tramits@comt.cat.

Solicitud de reducción de cuotas colegiales por motivo de paro

En caso de que te encuentres en el paro y no estés trabajando en ningún tipo de trabajo remunerado, tienes derecho a disfrutar temporalmente de la exención de cuotas colegiales.

Cuando se te reconozca esta exención, pasarás a la clase de no ejercientes y, por tanto, si tienes la póliza de Responsabilidad Civil Profesional del Colegio podrás contratar, si así lo deseas, la modalidad de no ejerciente que conlleva una importante reducción del coste. Con esta cuota reducida podrás seguir manteniendo tu condición de asegurado por reclamaciones que puedas recibir a partir de este momento y por actos médicos realizados con anterioridad a esta situación. Para más información te puedes dirigir a tramits@comt.cat.

Cuando vuelvas a realizar una actividad profesional retribuida, lo deberás comunicar al COMT para volver a la situación de colegiado en ejercicio.