La mala praxis es el incumplimiento del deber médico que produce un daño en el enfermo. Ese deber consiste en aplicar con pericia y con diligencia los medios disponibles con el fin de curar o de aliviar al paciente, de acuerdo con la ciencia médica actual para cada caso concreto (lo que se conoce con el nombre de lex artis ad hoc).

¿Cree que las presuntas malas praxis deben ser abordadas por las Comisiones Deontológicas o por los Tribunales de Justicia?

En muchas de las quejas que llegan a una Comisión Deontológica se acusa a un médico de haber cometido mala praxis, negligencia, etc. (el lenguaje es variable y su interpretación también). En principio la Comisión tiene que analizarlas todas llegando hasta donde debe llegar, porque en ocasiones el caso deja de ser competencia suya, cuando la mala praxis es contemplada por la Justicia como falta o delito.

En la práctica puede resultar difícil saber si se ha cumplido bien con el deber médico o si una actuación ha sido incorrecta y pudiera tener relación de causa con el daño producido. Además, el asunto incumbe con frecuencia a profesionales diversos e incluso la organización sanitaria juega un papel importante. Siempre hay que llevar a cabo un análisis minucioso de los hechos y circunstancias, solicitando a veces la opinión de profesionales expertos.

¿Existen criterios o pautas de actuación de las comisiones deontológicas ante casos de mala praxis si se sabe que además han sido denunciados ante los tribunales?

Si un caso ha sido denunciado ante los tribunales, la Comisión Deontológica puede estudiarlo, pero no es competente para emitir un juicio y pronunciarse sobre él. Más allá de la función normativa y disciplinaria que desempeña mediante la aplicación del Códico Deontológico, la Comisión de Ética y Deontología debe ocuparse de promover la realización de valores y la adquisición de buenos hábitos de actuación entre los profesionales.

¿Detrás de las presuntas malas praxis pueden existir defectos en el respeto a los derechos de los pacientes?

El médico tiene el deber ético y también legal de respetar los derechos de los pacientes, tales como el derecho a recibir información, a consentir o a rechazar tratamientos, a que se respete su intimidad, a la confidencialidad y a la protección de sus datos, etc. El cumplimiento de esas obligaciones es una parte importante de la buena práctica clínica, que no se reduce solo a los aspectos más “técnicos” de la medicina, como equivocadamente se piensa tan a menudo. Por lo tanto, la violación de esos derechos es una forma de mala praxis con la que incluso se puede incurrir en falta o delito.

¿Qué recomendaría para evitar que un médico sea acusado de una presunta mala actuación?

Ante todo, siempre es primordial tener una buena relación clínica con el paciente y establecer con él una comunicación adecuada. De este modo, en caso de haber cometido un error, resulta más fácil reconocerlo honestamente, hablarlo y tratar de subsanar el daño que se haya podido producir. Como dice el refrán, no es más sabio el que no se equivoca, sino el que reconoce que se equivocó.

¿Qué opina de la medicina defensiva?

La medicina defensiva, además de consumir recursos innecesariamente, supone una forma incorrecta de actuar sobre el enfermo, por consiguiente se trata de un “error” en el sentido más estricto del término. La mejor actitud frente a los errores es la transparencia y la prevención, fomentar una cultura basada en la seguridad del paciente y no en la ocultación ni en la sanción. Esa es una ardua tarea educativa dirigida a los profesionales y a la sociedad, que deberían promover los Colegios de Médicos con las Comisones de Ética y Deontología.