COMUNICADO

El número de apartados a rellenar se ha ampliado modificando parcialmente el documento. Ahora se ha creado un apartado que hace referencia al riesgo infeccioso del cadáver así como otro que alude a la posibilidad de incineración.

 

Rellenar el certificado médico de defunción de forma correcta es imprescindible para una buena praxis médica. Las últimas modificaciones hechas en esta partida quedan reflejadas a continuación.

1. Se han ampliado el número de apartados a rellenar. Los nuevos figuran en el reverso del certificado junto con el espacio reservado a la firma del facultativo.

2. La existencia, o no, de riesgo infeccioso en el cadáver se deberá indicar, así como el tipo de enfermedad infecciosa. En este caso se deberá incluir en alguno de los 3 grupos reflejados en la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria aprobada en 2018 por el Ministerio de Sanidad.

GRUPO I aquellos que suponen un riesgo para la salud pública y/o profesional, ya que el cadáver sufrió una enfermedad infecto contagiosa. Carbunco; Difteria respiratoria; Enfermedades potencialmente transmisibles, de origen conocido o desconocido, que puedan transmitirse de persona a persona y supongan un riesgo relevante para la salud pública; fiebres hemorrágicas víricas (por arbovirus, arenavirus, bunyavirus, filovirus, flavivirus, hantavirus y otros), así como fiebres hemorrágicas de origen desconocido; Fiebre Q; Peste neumónica; Viruela y Encefalopatías espongiformes transmisibles humanas.

GRUPO II aquellos que suponen un riesgo radiológico para la presencia de sustancias o productos radiactivos. En este caso, cadáveres contaminados por sustancias radiactivas y el tratamiento se hará de acuerdo con la normativa de seguridad nuclear.

GRUPO III aquellos que no pertenezcan a ninguno de los 2 grupos anteriores

En cuanto a los cadáveres en casos de Covid-19, el documento publicado por el Ministerio de Sanidad relativo al Procedimiento para el manejo de cadáveres en casos de Covid-19, incluye los cadáveres afectados por Covid-19 en el GRUPO III. Sin embargo, aclara que “el cadáver puede constituir un riesgo biológico” y propone “medidas adicionales para su manejo con base en las informaciones existentes y recomendaciones”.

3. Por último, la modificación relativa a la posibilidad, o no, de incineración. Si hay alguna circunstancia que pueda condicionarla: la presencia de marcapasos, tratamiento con isótopos radiactivos o existencia de prótesis, hay que tener en cuenta que las prótesis actuales no condicionan la incineración del cadáver ..

Aspectos a tener en cuenta

Clínica y éticamente se puede firmar un certificado con criterios de presunción si, el desenlace es posible y hay compatibilidad entre la información sobre las circunstancias de la muerte y su patobiografía.

No se deben completar aquellos apartados no esenciales para la inscripción registral si no se conoce exactamente la veracidad de la afirmación.

 

Consulta el COMUNICADO del CGCOM sobre como rellenar el Certificado Médico de Defunción